- Salvataje de objetos asegurados: El asegurado sin autorización escrita de la compañía o del liquidador que se designe, no podra remover los escombros del siniestro.
- Información de siniestro a la compañía: este debe ser informado inmediatamente plazo máximo 5 días. El asegurado debe comunicarlo por escrito a la compañía, bajo de sanción de perder el derecho de ser indemnizado.
- Aviso Policial: El asegurado debe informar el siniestro (incendio) a la unidad policial correspondiente inmediatamente.